Subvenciones para el fomento de la contratación en prácticas de personas jóvenes desempleadas menores de 30 años

Subvenciones para el fomento de la contratación en prácticas de personas jóvenes desempleadas menores de 30 años

Subvenciones para el fomento de la contratación en prácticas de personas jóvenes desempleadas menores de 30 años

Ayudas y subvenciones, Contratación

18/03/2024

Concesión de subvenciones a empresas para fomentar la contratación en prácticas de personas jóvenes desempleadas inscritas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, mediante la modalidad de contratación en prácticas.

¿Quiénes pueden beneficiarse?

Empresas, trabajadores autónomos y entidades sin ánimo de lucro.

¿Qué actuaciones son objeto de subvención, y qué requisitos hay que cumplir?

Contratos en prácticas con una duración mínima de seis meses y cumpliendo unos mínimos de retribución dependiendo de la titulación académica. Para poder ser subvencionables deberán cumplir los siguientes requisitos:

Empresas:

  • a) Tener domicilio social y fiscal en la Comunidad Foral de Navarra o centro de trabajo radicado en Navarra.
  • b) Estar legalmente constituidas conforme a su normativa reguladora y, por lo tanto, disponer de personalidad jurídica y plena capacidad de obrar y estar inscritas en el correspondiente registro público.
  • c) No hallarse incursas en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
  • d) En el supuesto de cese de alguna de las personas contratadas con anterioridad a la finalización del periodo subvencionado, deberá sustituirse por otra persona, en el plazo máximo
    de un mes, de acuerdo con los requisitos establecidos en esta base, respetando la misma jornada, la retribución y el mismo colectivo al que pertenecía la persona sustituida, comunicándolo al Servicio Navarro de Empleo- Nafar Lansare en un plazo no superior a un mes desde la fecha del nuevo contrato, de no ser así procederá la devolución de lo percibido.
  • e) La remuneración bruta anual mínima (incluidas pagas extraordinarias) deberá constar en el contrato y no podrá ser inferior a las siguientes cuantías en función de la titulación académica
    • Titulación universitaria: 19.500 €
    • Ciclos formativos de grado superior (FPII): 17.500 €
    • Ciclos formativos de grado medio (FPI) y certificados de profesionalidad: 15.500 €

Estas cuantías se refieren a jornadas completas, en caso de jornadas inferiores se reducirán proporcionalmente.

Trabajadores:

  • a) Estar desempleadas e inscritas en el Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare.
  • b) Estar inscritas en el Registro Nacional de Garantía Juvenil.
  • c) Tener una edad inferior a 30 años, salvo que la normativa reguladora establezca una edad límite inferior.
  • d) Estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones:
    • Titulación universitaria.
    • 
Ciclos formativos de Grado Superior (FPII) o Ciclos formativos de Grado Medio (FP I), siendo equivalentes a los anteriores los títulos de Técnico Especialista (FPII) y Técnico Auxiliar (FPI).
    • Certificado de profesionalidad.

 

¿Cuál es la cuantía de estas subvenciones?

El importe máximo de la subvención dependerá de la titulación académica de la persona contratada a jornada completa:

  • a) Titulación universitaria: 5.100 euros.
  • b) Ciclos formativos de Grado Superior (FPII): 4.350 euros.
  • c) Ciclos formativos de Grado Medio (FP I) y certificados de profesionalidad: 3.600 euros.

¿Cuál es el plazo de presentación de las solicitudes?

Plazo: 15/03/2024 – 30/11/2024.

El plazo de presentación será de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de inicio de la relación contractual, siempre y cuando se hubiera publicado la autorización del gasto correspondiente. En caso contrario, el plazo será de un mes desde el día siguiente a la fecha de publicación oficial de dicha autorización.

Las solicitudes referidas a contrataciones realizadas a partir del 1 de noviembre de cada año se presentarán en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el BON de la autorización de gasto correspondiente.

La autorización del gasto y actualización de remuneraciones brutas mínimas se produjo mediante el BON nº 54 de 14/03/2024.

 

MÁS INFORMACIÓN: aquí.

Contacta con el Departamento Laboral de Pyramide Asesores para aclarar cualquier duda.

 

Comparte esta noticia: