Ayudas y subvenciones, Digitalización
08/10/2024
¿Para qué es esta ayuda?
Fomentar la evolución tecnológica o transformación digital de las pymes, mediante la implantación de soluciones TIC (Tecnologías de la Información y la Comunicación) y mediante tecnologías habilitadoras digitales.
¿Quién puede pedirla?
Las PYMEs (empresarias y empresarios autónomos, sociedades mercantiles, cooperativas, fundaciones, asociaciones y sociedades civiles con o sin personalidad jurídica).
Deberán tener domicilio fiscal en Navarra y estar dadas de alta en el IAE e inscritas en el Registro Industrial de Navarra.
¿En qué consiste la ayuda?
El máximo de ayuda a percibir por proyecto de 30.000 euros:
Podrá haber una intensidad adicional del 15% en empresas con menos de 15 personas de plantilla media en el año 2023 y un 5% adicional si se han adoptado medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres.
¿Qué proyectos son subvencionables?
Tipo A. Implantación de soluciones TIC aplicadas a la transformación digital de la empresa.
- Relaciones proveedor/cliente.
- Aplicaciones de gestión integrada de los procesos de la empresa
- Herramientas y procesos de Business Intelligence.
- Big data.
- Servicios en la nube.
- Mejora de proceso y producto.
- Ciberseguridad.
- Gestión organizacional.
Estos proyectos deberán cumplir, además, los siguientes requisitos:
-
- a) Deberán suponer innovación en el ámbito de la empresa desde el punto de vista tecnológico o de aplicación a producto, servicio u organización.
- b) Deberán ser implantados en un establecimiento de la empresa sito en Navarra.
Tipo B. Implantación de oportunidades de transformación digital detectadas en el Plan de Transformación Digital (en adelante, PTD).
Consistirán en el desarrollo e implantación de soluciones tecnológicas que se hayan detectado como oportunidades en el PTD elaborado por la empresa.
Tipo C: Formación en competencias digitales.
Tipo D: Auditorías en materia de ciberseguridad.
¿Qué requisitos tienen los proyectos?
- Se establece un presupuesto mínimo de 2.500 € (sin IVA). Se exceptúa de lo anterior los proyectos tipo C y D, cuyo importe mínimo será de 300 euros (sin IVA).
- Los importes relativos a las inversiones y gastos en hardware directamente asociados al proyecto, supondrán como máximo el 40% de todos los gastos.
- El periodo para la realización de los gastos subvencionables estará comprendido entre el 1 de enero de 2024 y la fecha de solicitud de la ayuda.
- Las empresas podrán solicitar ayudas para más de un tipo de proyecto.
¿Qué gastos son subvencionables?
- a) Gastos por la consultoría y equivalentes, para el diagnóstico, planificación, definición y desarrollo directamente relacionados con la solución implantada.
- b) Gastos de licencias de software específicas (on premise o cloud), directamente relacionados con la solución innovadora implantada. Estos gastos en ningún caso consistirán en actividades permanentes o periódicas, ni estarán relacionados con los gastos de explotación normales de la empresa.
- c) Gastos por la adquisición de bienes de equipo y las inversiones en hardware, sensores, automatismos y equipos de comunicaciones, directamente asociados al proyecto de implantación. Queda excluida la adquisición de ordenadores personales y servidores, impresoras, terminales, displays, tabletas, consolas y similares, salvo en los casos en que actúen como interface de captura de datos en procesos de fabricación.
- d) Gastos de formación en competencias digitales.
- e) Gastos de auditoría en ciberseguidad
Plazo de presentación
Desde el 12/10/2024 hasta el 30/11/2024.
Más información aquí.
Contacta con el Departamento Jurídico de Pyramide Asesores para aclarar cualquier duda.